Clarín. 10/06/2020
Antes del kirchnerismo, solo algún presidente de facto se había animado a intervenir una empresa privada. Lo hicieron Onganía, Levingston y Videla.
La falta de antecedentes tiene su explicación y es bien sencilla: está prohibido que el presidente o aun el Congreso intervengan una empresa privada. La ley de sociedades comerciales lo prohíbe expresamente y dispone que solo un juez puede tomar una medida tan drástica para la vida de una sociedad, y a pedido de un socio o de la autoridad de contralor.
Más aun rige esa prohibición cuando la empresa de que se trate se encuentra en concurso de acreedores en trámite ante el juez competente, porque nuestra Constitución Nacional dispone que «en ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas» (art. 109).
La razón de todo lo anterior también es sencilla. La Constitución Nacional protege la propiedad privada y claramente dispone que la propiedad es «inviolable y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley» (art. 18).
Queda claro, entonces, que la decisión del presidente de intervenir la empresa Vicentín SA, mediante un decreto de necesidad y urgencia, es notoriamente inconstitucional e ilegal. Constituye un atropello contra la propiedad privada de los accionistas de la empresa y de sus acreedores.
Es también una invasión de la esfera de actuación de la justicia provincial de Santa Fe, ante la cual tramita el concurso de acreedores. Viola expresas disposiciones de la ley de sociedades. Y por si todo lo anterior fuera poco, implica desconocer la Constitución Nacional y el sistema de división de poderes que nos rige. En otras palabras, el presidente ha actuado como si dispusiera de la suma del poder público, o sea como un auténtico dictador.
La ilegal decisión es, asimismo, una pésima señal, un mal ejemplo. Es la notificación, al mundo entero, de que en nuestro país no se respetan las normas, no hay seguridad jurídica, la protección de la propiedad privada es una ficción y la independencia de la justicia una ilusión. En circunstancias como las actuales, bajo las cuales el país está inhabilitado para tomar deuda externa y el ingreso de divisas solo puede provenir de la exportación o de inversiones extranjeras, el mensaje no puede ser más nefasto. Se arrasa con una de las empresas exportadoras más importantes y se informa al mundo entero que el país no respeta las normas.
Poco importan los fundamentos que se hayan expresado en el decreto de necesidad y urgencia que dispuso la intervención de Vicentín SA. Porque nada puede justificar la violación de la Constitución Nacional y las leyes vigentes. La Constitución rige siempre, aun y tal vez con más fuerza, en tiempos de emergencias de todo tipo y color como las que rigen actualmente.
La expropiación de la empresa, también anunciada por el presidente, no justifica ni legitima la ilegal intervención. Porque el ya citado artículo 18 de la Constitución Nacional exige que la expropiación sea «calificada por ley», lo que significa que el Congreso debe sancionar una ley declarando la utilidad pública del bien a expropiar, y también que debe ser «previamente indemnizada».
Nada de ello ha ocurrido. El proyecto de ley mediante el cual podría hipotéticamente declararse la utilidad pública de la empresa Vicentín ni siquiera se conoce y no ha ingresado al Congreso. Y sin esa declaración no hay expropiación posible ni posibilidad alguna de indemnizar a los propietarios de la empresa (para lo cual hay que recorrer un largo camino que requiere, entre otras cosas, la intervención del Tribunal de Tasaciones de la Nación para determinar el valor del bien a expropiar).
Queda claro, finalmente, que la decisión del presidente respecto de Vicentín SA es irremediablemente ilegal, constituye un avasallamiento de derechos y sienta un pésimo precedente para el futuro del país. Por eso debemos oponernos a la intervención o confiscación y debemos reclamar el respeto irrestricto a la Constitución y las leyes, no solo en defensa de los propietarios de la empresa sino también en defensa de todos los argentinos.
Pablo G. Tonelli es Diputado de la Nación, miembro del Consejo de la Magistratura.
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