Anuario de Gestión 2020

Estimados amigos,

2020 ha sido un año muy duro en el cual hemos peleado contra los efectos de una pandemia a nivel mundial. Nuestras vidas se vieron afectadas en todos sus aspectos y tuvimos que afrontar una nueva realidad y dinámica familiar, laboral, económica y social.

Desde el inicio, en Juntos por el Cambio hemos sostenido una postura constructiva y colaborativa en relación con las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo en relación a la lucha contra el Covid-19. Sin embargo, la cuarentena eterna y la falta de un plan de gobierno y de directivas claras para sacar a la Argentina de la profunda crisis que atravesamos, marcaron el devenir del 2020 y el fracaso del oficialismo.

Sin planificación de políticas públicas y sin un liderazgo claro, lo que vemos en el accionar del gobierno nacional es una desesperada búsqueda de impunidad para la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y sus funcionarios, con su correlato en la pretensión de domesticar a la justicia y la destrucción de todos los organismos de control del Estado.  A lo que se agrega un ensañamiento indisimulable con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde erróneamente ven al enemigo, cuando en realidad se trata de una ciudad en la cual la buena administración permite que más de 6 millones de argentinos trabajen, vivan, transiten, estudien, se atiendan en sus hospitales y utilicen sus servicios diariamente.

Lamentablemente el actual gobierno se olvidó de las responsabilidades que le caben al kirchnerismo en particular y al peronismo en general en relación con los problemas que la Argentina afronta actualmente y se dedicó a profundizarlos en lugar de resolverlos.

Desde el Congreso Nacional presentamos paquetes de leyes tendientes a paliar los efectos de la pandemia, cuidar la salud de los argentinos y reactivar la economía, con especial atención a los sectores olvidados por el oficialismo: trabajadores independientes y PyMes.  Se trata de alivios fiscales para promover la inversión y la creación de puestos de trabajo, la suspensión de ejecuciones fiscales, la modificación de la ley de concursos y quiebras, dar acceso al crédito a empresas afectadas, premiar a los contribuyentes cumplidores, devolución del IVA de la canasta básica a jubilados, la emergencia educativa, la eliminación de los derechos de exportación para economías regionales, entre otros.

Ya en marzo reclamamos también, la puesta en funcionamiento del Congreso, el inicio de las sesiones y del trabajo de las comisiones. Desde la comisión de modernización, trabajamos en el protocolo de sesiones telemáticas que nos permitió reactivar la actividad parlamentaria.

Desde el Consejo de la Magistratura logramos consensuar rápidamente una forma telemática de trabajo que, acompañada por el esfuerzo de todos los trabajadores, especialmente de las áreas informáticas y administrativas, hizo posible un año de trabajo adaptado a la nueva realidad con resultados positivos y sin sobresaltos.

Mientras todo esto sucedía, vimos como los presos por delitos de corrupción y contra el Estado fueron saliendo de la cárcel, uno a uno, como parte del plan articulado del kirchnerismo en busca de impunidad.  El primero de una extensa lista fue Ricardo Jaime.  Nos opusimos, también, a la indiscriminada liberación de presos que generaban riesgos a la sociedad y a sus víctimas.  Sin embargo, el gobierno los liberó presionando a la justicia y aun sabiendo que no tenía capacidad de control sobre la situación.

Vimos, además, la retirada de la Oficina Anticorrupción de su rol como querellante en las causas de corrupción, y los intentos de remover al Procurador General, de llevar adelante una costosa e inconstitucional reforma de la justicia, de presionar y modificar la composición de la Corte Suprema de Justicia, la remoción de jueces legalmente trasladados por el simple hecho de ser independientes, la inacción del Estado ante las usurpaciones y tomas de tierras, y la persecución penal de periodistas.

El mensaje constante de este gobierno hacia la sociedad es que la corrupción no les preocupa, que el trabajo, el esfuerzo y la honestidad, no son valores por los que luchar.  Que las opiniones de quienes piensan diferente son descartables.  La degradación institucional y social se volvieron moneda corriente. Volvieron peores y eso es un hecho.

Sin embargo, desde el rol que me toca cumplir, intenté aportar ideas, propuestas concretas y argumentos para salir de este panorama, salir de la grieta, y avanzar, confiando en que el año por venir va a ser mejor para todos.

Ante la incertidumbre que plantea el contexto actual la certeza que tengo, es que vamos a seguir adelante defendiendo la democracia, la justicia independiente, las reglas de juego claras, la transparencia y a sostener los valores republicanos con más fuerza que nunca.

Desarrollo a continuación los temas más relevantes sobre los que trabajé durante el año y los invito a conocer más sobre mi gestión y la de mi equipo ingresando a mis redes sociales y a mi sitio en internet, canales a través de los cuales nos podemos comunicar en forma cotidiana.

Les deseo unas felices fiestas junto a sus seres queridos. ¡Cuidémonos y brindemos por los afectos, la paz, la justicia y la república!

Cordialmente.

Quita de recursos a la Ciudad de
Buenos Aires y a millones de argentinos.

No una, sino dos veces en lo que va del año el Poder Ejecutivo saqueó los recursos de los porteños en forma intempestiva, inconsulta, unilateral e ilegal.

No se trata de un intento de redistribución federal de recursos, sino de manotazos para cubrir necesidades económicas de distritos pésimamente gobernados y administrados, como sucedió con la primera quita en septiembre, cuyos fondos fueron derivados a la Provincia de Buenos Aires.

El segundo saqueo fue en noviembre.  ¿Pero de qué estamos hablando realmente?  Del equivalente a 10 meses de sueldos del personal de salud de la ciudad, más de ocho meses de sueldos del personal de Educación, más de la mitad de la inversión destinada a seguridad, y dos veces más de lo que invirtió la ciudad para combatir el Covid-19.  La meta es quebrar a la Ciudad de Buenos Aires.

Todas las leyes deben tener un objetivo, un propósito en general vinculado el bienestar general y el progreso.  La Ley de quita de fondos a la ciudad aprobada por el Congreso también tiene un propósito, pero es perverso, porque es dañar, perjudicar y discriminar a la Ciudad de Buenos Aires.  Y que, no por casualidad, está gobernada y bien administrada por un importante dirigente opositor.

Es indiscutible la notoria ilegalidad e inconstitucionalidad de la ley.

Según la Constitución no puede haber transferencia de servicios sin la correspondiente transferencia de recursos.  Debe hacerse mediante acuerdos entre las partes y debe haber automaticidad en las transferencias. La única forma es que se realice por puntos de coparticipación y no por la firma del Secretario de Hacienda, que sabemos que un día se produce y al día siguiente no.

Esos acuerdos no se pueden modificar unilateralmente.  Requieren, para ser modificados, el acuerdo de las partes involucradas, la Ciudad y la Nación.  Esos acuerdos no pueden ser modificados en desmedro de las provincias, en este caso la Ciudad de Buenos Aires.  Estos principios tan claros establecidos en la Constitución fueron convalidados por la jurisprudencia de la Corte Suprema.

La Ley es inconstitucional porque falta el acuerdo previo.  Y no se salva con las modificaciones introducidas en el Senado.  Porque primero se debe realizar el acuerdo y luego viene la ley.  Acá es al revés.  Se toma la decisión de reducir drásticamente la coparticipación de la ciudad y luego se manda a las partes a ponerse de acuerdo.

Nadie sabe de dónde sale la cifra de la quita.  Falta la automaticidad.  Falta acuerdo.  Mayor violación del federalismo de concertación, en los términos que lo establece la Constitución y reivindica la Corte Suprema, es difícil de concebir.

Hay una sola manera de solucionar de forma definitiva el tema de la coparticipación que a la Ciudad le corresponde y es dictar una nueva ley de coparticipación federal.  Es por ello que hemos presentado junto al diputado Álvaro González un proyecto en tal sentido.

Ver proyecto presentado. 

Ver discurso en el recinto.  

Traslados de jueces federales.

Con la excusa de que los últimos traslados de los magistrados fueron irregulares, se pretende remover a jueces independientes que no se someten al kirchnerismo.  Es uno más de los muchos movimientos del partido gobernante para lograr impunidad y para lograr resolver los problemas judiciales de sus máximos dirigentes.

La Corte Suprema de Justicia, después de hacerse esperar más de lo razonable, ha dictado sentencia en el amparo promovido por los trasladados jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.  Ambos fueron trasladados a sus actuales cargos en la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Buenos Aires durante el gobierno del presidente Macri.

Pero esos traslados fueron objetados por el actual gobierno, razón por la cual la mayoría oficialista del Consejo de la Magistratura aprobó una resolución mediante la cual declaró irregulares los traslados y recomendó al Poder Ejecutivo que solicitara un nuevo acuerdo del Senado que diera carácter definitivo al nuevo destino de ambos magistrados.

El Senado, en sintonía con el gobierno, denegó el acuerdo y los dos jueces quedaron en una situación endeble y precaria, lo que los decidió a interponer una acción de amparo finalmente resuelta por nuestro máximo tribunal de justicia.

La mayoría de la Corte Suprema resolvió la cuestión de una manera que genera dudas interpretativas y suscita casi más interrogantes de los que despeja.

El alto tribunal convalidó los traslados y los consideró legítimos.  Porque no los invalidó, no los anuló y, además, recordó que los traslados ocurren habitualmente en nuestro Poder Judicial desde hace más de 70 años y el propio tribunal siempre los ha considerado válidos, como una alternativa para cubrir vacantes.

La prueba más rotunda de lo anterior es la unánime descalificación, por inconstitucional, de la resolución 183/2000 del Consejo de la Magistratura que había cuestionado la validez de algunos traslados, entre los cuales se encontraban los de los jueces Bertuzzi y Bruglia.  En ese punto no hubo diferencias entre el voto de la mayoría y la disidencia del presidente del tribunal.

La novedad, la gran innovación, del fallo es que a diferencia de la histórica jurisprudencia de la Corte Suprema y de lo que el tribunal, con la misma integración actual, resolvió en la acordada 4/2018, es que ahora a esos traslados se los considera «provisorios» y ya no «definitivos», como siempre habían sido calificados.  Tal vez por esa evidente contradicción fue que la mayoría abundó en largas consideraciones con las que intentó salvar el notorio cambio en la consideración del carácter de los traslados.  Porque los mismos jueces que constituyeron la mayoría, hace escasos dos años habían resuelto exactamente lo contrario de lo que ahora decidieron.

En mi opinión, esas largas y por momentos farragosas explicaciones no resultan suficientes para dotar de adecuado sustento a tan estridente cambio de opinión, pero eso tal vez sea harina de otro costal.  Lo importante es determinar los alcances y consecuencias del fallo.  La primera y más evidente conclusión es la invalidez, la inconstitucionalidad, de lo actuado por el Consejo de la Magistratura en relación con los debatidos traslados.  Y la orden, dirigida al mismo Consejo, de convocar a un nuevo concurso, en el que podrán presentarse los jueces alcanzados por la decisión, para cubrir de manera definitiva, cumpliendo estrictamente el procedimiento previsto en la Constitución Nacional, los cargos que Bruglia y Bertuzzi actualmente ocupan en la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional.  Hasta tanto ese procedimiento concluya, los cuestionados jueces continuarán en sus actuales cargos y resolverán, en plenitud y sin objeciones posibles, las causas sometidas a su decisión.

Pero la Corte Suprema no formuló distinción alguna en su fallo respecto de los restantes magistrados que ocupan cargos a los que, en algún momento del pasado, fueron trasladados.  De manera tal que, a mi juicio, es imperativo convocar los imprescindibles concursos que concluyan con la cobertura definitiva de los lugares que ocupan jueces trasladados. Ver nota presentada ante el Consejo de la Magistratura. 

Como se aprecia, no estamos ante un fallo que resguarde la independencia y estabilidad de los jueces, como hubiera sido deseable.  Muchos jueces que hasta ahora considerábamos amparados en la garantía del artículo 110 de la Constitución Nacional, cual es desempeñar su cargo mientras dure su buena conducta, han perdido esa estabilidad.  Se han convertido en provisorios y eso, sin la menor duda, ha de afectar su independencia a la hora de dictar sentencia.  Una situación que la misma Corte calificaría como «disvaliosa» y que se hubiera evitado de haber primado el criterio, expresado en un voto disidente, del presidente del tribunal. 

Ficha Limpia

El pasado 10 de noviembre, y en el marco de la primera reunión del año de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, los proyectos presentados sobre Ficha Limpia fueron incluidos en el temario.

El proyecto apunta a que aquellas personas condenadas por delitos de corrupción, contra el estado y la administración pública, y que tengan condena confirmada en segunda instancia, queden inhabilitadas para ser candidatos a cargos públicos, cosa que hoy en día no ocurre.  Propiciamos que quienes atenten contra el sistema democrático de acuerdo con lo que prescribe el artículo 36 de la Constitución Nacional no puedan ser candidatos y desempeñarse en cargos electivos.

Se trata de una iniciativa ciudadana que tomamos un grupo de diputados y discutimos en profundidad en la Comisión de asuntos Constitucionales en 2018 y 2019, hasta acordar un dictamen que llevamos al recinto en una sesión especial.  En dicha oportunidad no se obtuvo el quorum necesario por falta de apoyo del actual oficialismo.  Lamentamos esa situación en su momento y volvemos a instar al bloque mayoritario a avanzar en el trámite parlamentario necesario para que este proyecto se convierta en ley y finalmente dar un gran paso en la lucha contra la corrupción y el delito. Ver intervención en la comisión. 

Impuesto a la riqueza.

Los tributos no solo tienen una función recaudatoria, sino que orientan la actividad económica.

El país necesita inversiones como motor para el crecimiento, de eso no hay dudas.  Los inversores buscan estabilidad jurídica, justicia independente, previsibilidad y un sistema impositivo compatible con el resto del mundo.

Dicho esto, el efecto del impuesto a la riqueza, además del afán recaudatorio, es el de desalentar inversiones.  Los inversores tienen alternativas en la región porque hay países con estabilidad en sus sistemas jurídicos y su sistema impositivo.

Con este impuesto se va a recaudar poco y nada.  Es técnicamente deficiente porque consagra una doble imposición que está expresamente prohibida en nuestro sistema constitucional, y tiene el perjudicial efecto de desalentar inversiones y ahuyentar a inversores que es lo que la Argentina más necesita en este momento. Son estos los argumentos por los cuales me opuse a su aprobación. Ver discurso en el recinto. 

Superpoderes al Jefe de Gabinete de Ministros.

Nos opusimos al DNU del Poder ejecutivo que volvió a imponer los superpoderes, etapa superada por el gobierno de Mauricio Macri, cuyo objetivo es sin dudas la acumulación de poder y la discrecionalidad. Los resultados ya vimos anteriormente: falta de controles y corrupción.

El oficialismo impuso su mayoría en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo para avalar el DNU, por lo cual solicitamos una sesión especial para rechazarlo y derogarlo.  El Frente de Todos no dio quorum y nos manifestamos en minoría. Ver discurso 

La novedad que introduce el DNU es suspender el límite impuesto al jefe de Gabinete para reasignar partidas.  Al desaparecer el límite, el Jefe de Gabinete puede reestructurar la totalidad del presupuesto Nacional, algo inadmisible en un sistema democrático de división de poderes, en el cual el presupuesto es un caso de atribución exclusiva del Congreso Nacional. Ver nota de opinión 

Avance sobre la propiedad privada y el caso Vicentín

Antes del kirchnerismo, solo algún presidente de facto se había animado a intervenir una empresa privada.  Lo hicieron Onganía, Levingston y Videla.

La falta de antecedentes tiene su explicación y es bien sencilla: está prohibido que el presidente o aun el Congreso intervengan una empresa privada.  La ley de sociedades comerciales lo prohíbe expresamente y dispone que solo un juez puede tomar una medida tan drástica para la vida de una sociedad, y a pedido de un socio o de la autoridad de contralor.

La ilegal decisión es, asimismo, una pésima señal, un mal ejemplo.  Es la notificación, al mundo entero, de que en nuestro país no se respetan las normas, no hay seguridad jurídica, la protección de la propiedad privada es una ficción y la independencia de la justicia una ilusión.  En circunstancias como las actuales, bajo las cuales el país está inhabilitado para tomar deuda externa y el ingreso de divisas solo puede provenir de la exportación o de inversiones extranjeras, el mensaje no puede ser más nefasto.  Se arrasa con una de las empresas exportadoras más importantes y se informa al mundo entero que el país no respeta las normas. Ver nota de opinión. 

Contratos

Presenté un proyecto de ley para congelar y prorrogar el pago de obligaciones de dar sumas de dinero, incluidas cuotas y créditos, durante el estado de emergencia sanitaria y hasta 60 días posteriores de su finalización.

Las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo tuvieron efectos positivos, pero también generaron impactos negativos y generalizados en las actividades comerciales y en los intercambios de bienes y servicios de los particulares.  Este proyecto pretendía brindar alivio a los sectores no alcanzados por medida alguna, congelando y prorrogando el pago de cuotas y créditos a cambio de garantizar el futuro cumplimiento de la obligación. 

El proyecto proponía declarar la existencia de un estado generalizado de fuerza mayor que regiría desde el 12 de marzo de 2020 hasta los sesenta días posteriores al fin de la emergencia sanitaria, dentro del cual prevé una prórroga general para el cumplimiento de las obligaciones de dar sumas de dinero contempladas en el artículo 765 del Código Civil y Comercial, incluidas las obligaciones en moneda extranjera, con origen en contratos de mutuo o equivalentes y títulos valores que no sean en serie y que no sean negociables en mercados de valores o de capitales, entre particulares (personas humanas o personas jurídicas privadas) y entre particulares con entidades financieras o vinculadas al sistema financiero.  Se excluyen de la prórroga las obligaciones de origen o naturaleza laboral, previsional, de salud, alimentarias o vinculadas con los derechos humanos fundamentales de las personas. Ver proyecto.

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